02/01/2025 LaNacion.com - Noticias

Decisión de ARCA: suben los montos a partir de los cuales bancos y billeteras deben informar los movimientos de sus clientes

Es el piso mínimo que obliga a las entidades a notificar pagos, transferencias y saldos al organismo recaudador; rigen desde el 1° de enero

Billetes de diferente denominación
Andrzej Rostek - Shutterstock
El Gobierno subió los montos mínimos de las transferencias a partir de las cuales los bancos y billeteras digitales están obligadas a informar a ARCA, el organismo recaudador. Se trata de una medida habitual, que ajusta estos montos debido al contexto inflacionario y la nominalidad que afecta a la economía argentina.
En la práctica, este movimiento no tiene ningún impacto operativo en los mecanismos de transferencias o envíos de dinero que cada contribuyente realiza a través de cuentas bancarias, billeteras digitales (Ualá, Naranja X, Mercado Pago, Personal Pay, entre otras), fintech y sus plataformas de home banking.
El régimen de información de transferencias, movimientos y saldos alcanza a bancos, fintech, billeteras virtuales y proveedores de pago, entre otros
Shutterstock
Pero lo que se modifica son los parámetros del régimen de información que debe ser cumplido por todas las entidades financieras del país. Se trata de un esquema creado hace siete años, mediante la Resolución 4928 del año 2018, de la entonces AFIP, denominado Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (Siter). Es un esquema que busca generar herramientas de monitoreo y fiscalización para grandes movimientos de capitales.
Los importes, desde entonces, se van actualizando al alza periódicamente, para seguir el movimiento de la inflación.
Según lo anunció ARCA, los nuevos montos rigen a partir de enero, e involucran transferencias, transacciones y consumos de clientes.
En concreto, el organismo estableció en $600.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades (bancos, billeteras, proveedores de pago, etc.) deben informar para el total de consumos con tarjetas de débito del país o los movimientos totales (ingresos o egresos) en billeteras virtuales.
A su vez, se fijó en $1 millón el piso mínimo para informar el total de acreditaciones bancarias, depósitos a plazo fijo constituidos, extracciones en efectivo en el país o el exterior (por cualquier medio: cajeros, ventanilla, etc.), o el saldo en cuentas bancarias o billeteras virtuales disponible al último día de cada mes.
Por último, se fijó en $2 millones el piso para transferencias bancarias o virtuales, que involucran específicamente a billeteras virtuales.
Según especificó ARCA, los nuevos montos rigen para todos los movimientos realizados a partir del 1° de enero.
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#97926344   Modificada: 02/01/2025 13:14 Cotización de la nota: $1.842.480
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